El 8 de junio de 2021 el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, presentó el anteproyecto de lo que hoy se denomina la “Ley Bitcoin”. El objeto de la ley es regular el Bitcoin como moneda de curso legal, con poder liberatorio, ilimitado e irrestricto en cualquier transacción y a cualquier título que las personas naturales o jurídicas públicas o privadas requieran. La norma fue aprobada en tiempo récord: transcurrieron menos de 24 horas desde que se sometió al Congreso para que esta fuera votada y aprobada.
La Ley, propiamente, consta de dieciséis artículos divididos entre disposiciones generales y disposiciones finales y transitorias. A continuación, les exponemos un pequeño resumen de los temas que consideramos los más relevantes de esta norma.

Los puntos principales de la Ley Bitcoin
En sus disposiciones generales se establece el objeto de la regulación del bitcoin como moneda de curso legal. Esto sin perjuicio de la aplicación de la Ley de Integración Monetaria, la norma que permite la libre circulación del dólar en el Salvador. Es decir, en nuestro vecino del norte circularán como monedas de curso legal tanto el dólar como el Bitcoin, y, conforme al artículo 2, el mercado establecerá libremente el tipo de cambio entre éstos.
La Ley, además, establece que todo precio podrá ser expresado en Bitcoin, y que todas las contribuciones tributarias podrán ser pagadas con esta nueva moneda.
Dentro de las regulaciones destaca lo indicado por el artículo 7. Este establece que todo agente económico deberá aceptar Bitcoin como forma de pago, cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio. Pero, el numeral 12 incluye una excepción respecto de lo expresado por el artículo 7. Al indicar que, quienes por hecho notorio no tengan acceso a las tecnologías que permitan ejecutar las transacciones en Bitcoin, quedan excluidos de la obligación de recibirlo.
Finalmente se concreta que, previo a la entrada en vigencia de esta ley (90 días a partir de su publicación en el Diario Oficial), el Estado deberá garantizar, a través de la creación de un fideicomiso en el Banco de Desarrollo de El Salvador, la convertibilidad automática e instantánea de bitcoin a dólar. Pareciera esto implicar que el Estado Salvadoreño estará operando una casa de intercambio. Esto es un gran incentivo para quienes quieran hacer negocios con este tipo de activos y poderlos liquidar fácilmente, de crear una empresa en El Salvador.
Críticas a la ley
Han empezado a surgir escépticos, que opinan que es una irresponsabilidad someter a la economía de un país a tales niveles de volatilidad, y que esta movida hará de El Salvador un centro de lavado de dinero. Pareciera que estas críticas provienen más del desconocimiento sobre la tecnología alrededor del Bitcoin y la forma en la que se planea ejecutar esta transición. Solo el tiempo dirá si los planes del presidente Bukele se concretan.
En mi opinión, el reto principal será uno de infraestructura y educación. Muchas personas en El Salvador todavía carecen de una buena conexión a internet, vital para el intercambio y verificación del envío y recepción del Bitcoin. Pero justamente este tipo de iniciativa fomenta la inversión de recursos, lo cual podría generar grandes beneficios para los habitantes de este país centroamericano. Lo innegable es que actualmente esta Ley es única en su tipo, y lo que sucedió en El Salvador ciertamente pasará a la historia.